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¿Los beneficiarios de la póliza tienen que incluir el seguro de decesos en la herencia? ✅ Te lo contamos.
El seguro de decesos ofrece las garantías necesarias para hacerse cargo de los costes derivados del servicio funerario y otros trámites administrativos, cuando el tomador fallece.
Puede incluir extras como el traslado a otra ciudad, repatriación al país de origen, redacción del testamento e incluso el borrado de la huella digital, entre otras garantías.
El 47% de hogares en España cuenta con un seguro de decesos.
¿Todas estas coberturas forman parte de la herencia? De todo ello hablaremos a lo largo del artículo.
La herencia se define como el conjunto de bienes, obligaciones y derechos que se transmiten desde su dueño a sus legítimos herederos y otros que puedan ser designados como herederos a voluntad del testador.
Las coberturas e indemnizaciones derivadas del seguro de vida o del seguro de decesos no forman parte del patrimonio del fallecido. Es por ello que no pueden ser considerados parte de la herencia.
Por otro lado, también hay que tener en cuenta que los beneficiarios de un seguro no tienen porqué coincidir con los herederos.
Tanto la herencia como la activación de las garantías o indemnizaciones del seguro de decesos tienen lugar después del fallecimiento. Sin embargo, la condición de beneficiario se adquiere por vía contractual, mientras que la de heredero depende del derecho sucesorio.
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Puede ocurrir que, a pesar de disfrutar de un seguro de decesos, no se aprovechen todas las garantías contratadas, por diversas circunstancias.
Por ejemplo, como consecuencia de la pandemia, algunos servicios funerarios no se han podido celebrar con normalidad (prohibición de velatorios o repatriaciones, etc.).
En el caso de que la aseguradora no ofrezca los servicios que previamente se habían contratado, los beneficiarios podrán reclamar la cantidad restante. En función de las características de la póliza, ese importe podrá ser devuelto.
En cualquier caso, esas cantidades sí que formarían parte de la herencia y por tanto, tributarán con arreglo al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
La principal virtud de los seguros de decesos es facilitar los trámites y preparaciones de todo lo que conlleva el fallecimiento de un allegado. El coste de este tipo de pólizas varía en función de la cantidad y calidad de las garantías, además de la edad y estado de salud del tomador.
Tengamos en cuenta que el coste medio de un servicio funerario en España ronda los 3.500€, incluyendo el coste del féretro, el tanatorio, inhumación, etc., según datos de la OCU.
Estos elevados costes, sumados a la dificultad de gestionar este tipo de trámites en medio de la tragedia, hacen que un 47% de hogares en España cuente con un seguro de decesos, según la patronal del seguro.
En 2018 un 61% de los sepelios en nuestro país fue gestionado por aseguradoras.
Cada póliza tiene sus propias características y condiciones. Entre las coberturas más habituales del seguro de decesos están las siguientes:
Las pólizas de decesos más completas pueden también incluir, entre otras:
Acudir a un comparador de seguros es la mejor opción para encontrar el seguro de decesos que mejor se adapte a tus necesidades y a las de los tuyos.
Herencia sin testamento, ¿cómo se reparte?
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Qué tipos de testamento existen y qué papel juega el seguro de decesos
Seguros de vida y herencias: relación y datos generales
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¿Los beneficiarios de la póliza tienen que incluir el seguro de decesos en la herencia? ✅ Te lo contamos.
El seguro de decesos ofrece las garantías necesarias para hacerse cargo de los costes derivados del servicio funerario y otros trámites administrativos, cuando el tomador fallece.
Puede incluir extras como el traslado a otra ciudad, repatriación al país de origen, redacción del testamento e incluso el borrado de la huella digital, entre otras garantías.
El 47% de hogares en España cuenta con un seguro de decesos.
¿Todas estas coberturas forman parte de la herencia? De todo ello hablaremos a lo largo del artículo.
La herencia se define como el conjunto de bienes, obligaciones y derechos que se transmiten desde su dueño a sus legítimos herederos y otros que puedan ser designados como herederos a voluntad del testador.
Las coberturas e indemnizaciones derivadas del seguro de vida o del seguro de decesos no forman parte del patrimonio del fallecido. Es por ello que no pueden ser considerados parte de la herencia.
Por otro lado, también hay que tener en cuenta que los beneficiarios de un seguro no tienen porqué coincidir con los herederos.
Tanto la herencia como la activación de las garantías o indemnizaciones del seguro de decesos tienen lugar después del fallecimiento. Sin embargo, la condición de beneficiario se adquiere por vía contractual, mientras que la de heredero depende del derecho sucesorio.
Puede ocurrir que, a pesar de disfrutar de un seguro de decesos, no se aprovechen todas las garantías contratadas, por diversas circunstancias.
Por ejemplo, como consecuencia de la pandemia, algunos servicios funerarios no se han podido celebrar con normalidad (prohibición de velatorios o repatriaciones, etc.).
En el caso de que la aseguradora no ofrezca los servicios que previamente se habían contratado, los beneficiarios podrán reclamar la cantidad restante. En función de las características de la póliza, ese importe podrá ser devuelto.
En cualquier caso, esas cantidades sí que formarían parte de la herencia y por tanto, tributarán con arreglo al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
La principal virtud de los seguros de decesos es facilitar los trámites y preparaciones de todo lo que conlleva el fallecimiento de un allegado. El coste de este tipo de pólizas varía en función de la cantidad y calidad de las garantías, además de la edad y estado de salud del tomador.
Tengamos en cuenta que el coste medio de un servicio funerario en España ronda los 3.500€, incluyendo el coste del féretro, el tanatorio, inhumación, etc., según datos de la OCU.
Estos elevados costes, sumados a la dificultad de gestionar este tipo de trámites en medio de la tragedia, hacen que un 47% de hogares en España cuente con un seguro de decesos, según la patronal del seguro.
En 2018 un 61% de los sepelios en nuestro país fue gestionado por aseguradoras.
Cada póliza tiene sus propias características y condiciones. Entre las coberturas más habituales del seguro de decesos están las siguientes:
Las pólizas de decesos más completas pueden también incluir, entre otras:
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