Ocio y streaming

Inocentadas: bromas por las que te podrían denunciar

Síguenos en:

¿El humor tiene límites? Tal vez seas de l@s que piensen que no se le pueden poner barreras. Pero hoy, día de los Santos Inocentes, debes saber que hay bromas por las que te podrían denunciar.

El humor es una parte esencial de nuestras vidas y las bromas pueden ser muy graciosas, siempre que se hagan bien, especialmente en el día de las inocentadas. En general, hay cinco reglas básicas para disfrutar de las bromas sin problemas:

  1. ¿A quién va dirigida? La “víctima de la broma” debe ser alguien con quien tengas mucha confianza, alguien que sepas que va a reaccionar bien.

  2. Asegúrate de que no se trata de una broma humillante o de mal gusto. Una broma puede ser más o menos pesada, pero nunca debe poner en riesgo la integridad física o psicológica de la persona objeto de la broma ni de los que estén alrededor. Incluso, el bromista podría verse en graves apuros, como hemos visto en más de una ocasión.

  3. Piensa en el escenario y, sobre todo, en los testigos. Por ejemplo, una broma que en un determinado contexto puede resultar graciosa, delante de jefes, familiares o empleados puede estar completamente fuera de lugar.

  4. No difundas las bromas por redes sociales. Podrías estar incurriendo en un delito, así que piénsalo dos veces antes de grabar o, incluso, de reenviar determinados contenidos.

  5. Jamás publiques fotografías o vídeos donde haya menores. Los padres podrían denunciar. También la Fiscalía del Menor puede actuar de oficio. Se requiere siempre el consentimiento de los progenitores o representantes legales.

Logo finetwork
 
300Mb de fibra
10GB datos móviles
Llamadas ilimitadas
 
Añade un terminal desde 8€
Amazon Prime incluido 12 meses
 
24
,90*
€/mes
 
Ir a la oferta
Logo gelpiu
 
300Mb de fibra
10GB datos móviles
Llamadas ilimitadas
 
Precio definitivo
 
28
,90*
€/mes
 
Ir a la oferta


Bromas que salieron muy caras

A continuación, vamos a repasar varios casos de bromas que acabaron muy mal:


1.Vídeos de bromas

Hay que ser muy caut@s con el contenido que se difunde en internet y redes sociales. Tanto con el propio como con el de terceros.

Recordemos un caso real. ¿Te acuerdas de la famosa broma del “caraanchoa”? A finales de 2016, Un youtuber apodado Mr. Gran Bomba grabó con cámara oculta a un repartidor. La broma consistía en insultarle repetidamente. El sketch no terminó como el bromista imaginaba: el influencer se llevó una bofetada del humillado transportista.

Hubo denuncias cruzadas, por agresión y por injurias graves. Aunque el repartidor fue condenado a una multa de 30€ por un delito leve de lesiones, se admitió a juicio su denuncia por injurias y calumnias en la que se pedían 500.000€ de fianza y una indemnización de 17.000€ por lucro y daño moral. El caso terminó archivado por la Audiencia de Alicante, que consideró escasa la gravedad de los hechos porque el término “caraanchoa” no aparece en el diccionario de la RAE.

Como ya imaginas, Mr. Gran Bomba cerró todos sus canales sociales, alguno lo vendió a una conocida marca de gafas. Actualmente, puede verse al exyoutuber alicantino en TikTok con su nombre real: Sergio Soler. Esta vez parece que tiene más interés en mostrar su anatomía que en gastar bromas.

Más allá fueron unos padres estadounidenses que subían vídeos caseros a YouTube gastándole bromas a sus hijos. Las bromas poco tenían de graciosas: consistían en gritar a los niños, romperles los juguetes o reírse de ellos cuando lloraban. La pareja acabó con la retirada de la custodia por maltrato infantil.


2. Memes

El contenido difundido sobre otras personas puede ser objeto de una vulneración al honor, la intimidad o la imagen de ese individuo.

Eso incluye fotografiar o grabar a personas sin su consentimiento. En este sentido la Ley Orgánica 1/1982, art. 8.1 señala que estas grabaciones solo serán legales cuando tengan el consentimiento explícito de la persona o sean de interés histórico, científico o cultural.

Efectivamente, eso de fotografiar o grabar a gente que te parece graciosa en el metro y luego difundirlo, está prohibido. Si, por casualidad, la persona objeto de las burlas lo ve, podría denunciarlo. Hoy día tirar del hilo para llegar al autor original no es difícil.



3. Bromas telefónicas

Por internet circulan ciertas apps que enmascaran la voz del emisor y graban la conversación.

El fin es hacer llamadas de broma y poder distribuirlas posteriormente. Pero ojo, porque la divulgación de ese contenido sin el consentimiento de la persona puede considerarse un delito. Concretamente, un delito contra su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.

El simple hecho de grabar sin previo aviso no es del todo legal.


4. Llamadas alertando de bombas, incendios o denuncias falsas

Las llamadas falsas alertando de un suceso grave pueden suponer la comisión de un delito contemplado en el Código Penal, con penas de tres meses y un día a un año de prisión o multa de tres a 18 meses

Si a alguien se le ocurre hacer una denuncia falsa ante las autoridades (de broma o no) se enfrenta a una pena de seis meses a dos años de cárcel y multa de 12 a 24 meses si es un delito grave.

En 2019 un juez de menores de Granada impuso una multa de 50.000€ a un joven por llamar a la Policía y al 112 alertando de todo tipo de situaciones: desde malos tratos a terrorismo yihadista. En total, más de 300 llamadas a emergencias falsas.

Todo ello causó el despliegue de diversos operativos, e incluso, la evacuación de un centro comercial que tuvo grandes pérdidas.

El menor, que era reincidente, fue acusado de delito de desórdenes públicos y usurpación de la personalidad, lo que le supuso una condena de seis meses de encierro prorrogables y la condición de someterse a un tratamiento de salud mental. Evidentemente, los padres tendrían que hacerse cargo del importe de la multa.

 

Podría interesarte:

Cómo cambiar de titular en MásMóvil.

Cómo cambiar el titular en Movistar.

Cómo instalar un certificado digital en Android.