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¿Se pueden cobrar dos pensiones a la vez?

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En general, la Seguridad Social permite cobrar más de una pensión al mismo tiempo. Pero existen ciertos límites. Uno relacionado con la cantidad máxima y otro, con el régimen al que pertenecen dichas pensiones. Te contamos los detalles.

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Cualquier trabajador que cumpla con los requisitos para acceder a una pensión de jubilación en dos regímenes diferentes podrá cobrar ambas pensiones, una por cada régimen.

Por ejemplo, una persona que ha trabajado como asalariada y como autónoma y cumple con los requerimientos del Régimen especial de Autónomos (Reta) y del Régimen General de trabajadores, podrá percibir ambas pensiones.

Recordemos que hay cuatro tipos de regímenes laborales:

  1. Régimen General.
  2. Régimen de Trabajadores de la Mar.
  3. Régimen Especial de la Minería y el Carbón.
  4. Régimen de Autónomos.

Si solicita las pensiones estando de alta y habiendo cotizado un mínimo de 15 años en cada uno de los regímenes que hemos visto, ese trabajador cobrará ambas pensiones.

¿Cuál es la cuantía máxima de dos pensiones?

Para cobrar el 100% de una pensión, actualmente, es necesario tener cotizados 37 años. Si hablamos de dos regímenes distintos, esto se complica. Por lo general, el importe de cada una de las pensiones será inferior al máximo.

Por otro lado, la cuantía de estas pensiones también está sujeta a unos máximos establecidos por ley. En 2021 eran de 37.904,86€ anuales y 2.707,49€ mensuales. En cuanto a los mínimos:, estos van de los 609,90 a los 1276,50€/mes.


¿Se puede cobrar una pensión de jubilación y de viudedad al mismo tiempo?

Pareja de seniors ante un ordenador sonrientes

Sí, la pensión de jubilación y la de viudedad pueden cobrarse simultáneamente, siempre y cuando estas no pertenezcan al mismo régimen (los que hemos visto antes) y la suma de los importes no sobrepase los 2.707,76€.

También pueden cobrarse de forma simultánea la pensión de jubilación. Ahora bien, el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI), aunque es compatible con la pensión de viudedad, no lo es con la pensión de jubilación. Por lo que en caso que estar en disposición de acceder a las tres, habrá que elegir.

Por otra parte, la pensión de viudedad es compatible con otras rentas del trabajo y como vimos, también con la pensión de jubilación hasta cierto límite.


Documentación necesaria para solicitar la pensión de viudedad

La cuantía de esta prestación suele ser del 52% de la base reguladora, aunque puede ascender hasta el 70% si se cumplen ciertos requisitos (que la pensión de viudedad sea la única o principal fuente de ingresos del beneficiario o que el pensionista tenga cargas familiares).


Para solicitar la pensión de viudedad puedes acudir a las oficinas de la Seguridad Social o hacer el trámite online. Esta es la documentación que necesitarás:

  • Acreditar la nacionalidad española presentando el DNI. Para residentes extranjeros presentarán el pasaporte, documento de identidad extranjero y el NIE.
  • Presentar el certificado de defunción del cónyuge.
  • Acreditar el matrimonio, mediante el libro de familia, el acta en el Registro Civil o un documento extranjero equivalente oficial.
  • Si la pareja estuviese separada o divorciada, será necesario presentar la sentencia judicial que recoja el divorcio.
  • También es necesario demostrar que el solicitante no está registrado como pareja de hecho o ha contraído matrimonio con otra persona.

Si la relación estaba registrada como pareja de hecho, será necesario presentar la siguiente documentación:

  • Certificado legal.
  • Actas del registro civil de ambas personas.
  • Acreditar los ingresos del solicitante y de la persona fallecida durante el año anterior.
  • Si la relación de los convivientes estaba formalizada como pareja de hecho.
  • Es necesario presentar el certificado de empadronamiento del Ayuntamiento que pueda acreditar la convivencia entre el fallecido y el solicitante durante los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento.

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