¿Cómo salir de una lista de morosos?
¿Apuros económicos? ¿Te han incluido en un registro de morosos? ¡Puedes salir de ahí! En el artículo de hoy te explicamos todo el procedimiento, desde el principio hasta el final.
Aparecer en una lista de morosos es algo más común de lo que crees, a pesar de lo que puede parecer, no es algo de extrema gravedad. ¿Te han incluido en una? Te explicamos cómo puedes salir.
¿Qué es una lista de morosos?
Los registros de morosos, ficheros de solvencia patrimonial o sistemas de información crediticia, son archivos que albergan información sobre impagos y deudas, ya sean de personas físicas o jurídicas.
Has de saber que, si te encuentras en uno de estos registros, no podrás hacer ciertas compras o contratar ciertos servicios. ¿Por qué? Veamos un ejemplo muy sencillo.
Imagina que tienes una deuda con una empresa de telecomunicaciones, del importe que sea y por el motivo que sea. El caso es que te niegas a pagarla. Te das de baja del servicio y, como quieres beneficiarte de las mejores ofertas de internet y móvil de otra compañía, pides presupuesto. Sin embargo, te lo deniegan.
El motivo es que te encuentras en una lista de morosos y, al comprobarlo, la compañía de telecomunicaciones a la que quieres acceder, no confiará en ti.
Por tanto, la aparición en una de estas listas sirve como sistema de presión para reclamar una deuda impagada.
Los registros más conocidos son Asnef-Esquifax, Experian-Badexcug y RAI. Una persona puede aparecer en todos, en varios o solo en uno. Dependerá de las condiciones personales.
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Aspectos generales de una lista de morosos
✅ La persona tiene una deuda real que debió pagar en un plazo concreto y que no se ha cumplido.
✅ La deuda tiene un importe superior a 50€. No podrán incluirse en una lista de morosos si el impago es inferior a 50€, para personas físicas, y 300€ para personas jurídicas.
✅ En este sentido, tampoco pueden incluir a una persona que está debatiéndose en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral.
✅ Cuando contrates un servicio o compres un producto, la empresa debe advertir, a través de alguna cláusula del contrato, que existe la posibilidad de entrar en una lista de morosos en caso de impago.
✅ Los datos de la persona adeudada, los debe proporcionar el acreedor o, por un intermediario (por ejemplo, una empresa de recobro) que actúe en representación del acreedor.
✅ Existe un plazo máximo de permanencia en los registros de morosos. ¿Cuál es? De hasta cinco años desde la fecha de inicio que causó la deuda. Pasado ese tiempo, los datos deben borrarse.
Para evitar la inclusión en una lista de morosos, es importante que conozcas todos los apartados. Si tienes alguna duda, todos están reflejados en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
¿Cómo saber si estoy dentro?
Lo más sencillo y rápido para saber si estás dentro de una lista de morosos es acudir a las páginas web de las entidades que te hemos mencionado anteriormente. Te las recordamos:
- Asnef-Esquifax.
- RAI.
- Experian-Badexcug.
- También puedes consultarlo en la web de la Agencia Española de Protección de datos. Para ello tendrás que rellenar un formulario.
Si bien, si entras en un fichero de morosos, te vas a acabar enterando. Lo primero, como decíamos, antes de la contratación, deben avisarte de que existe la posibilidad de acceder al registro en caso de impago.
Aun así, si finalmente acabas entrando en el registro, el propio fichero tendrá que informarte en un plazo inferior a 30 días. Además, tendrá que darte los siguientes datos:
- Información del acreedor.
- Cuantía de la deuda.
- Información sobre tus derechos ARCOL (de acceso, rectificación, cancelación, oposición y limitación del tratamiento). Entre esos derechos, figura que durante 30 días los datos deben permanecer ocultos para personas y entidades. Esto significa que nadie podrá verte en el registro. Pasado ese tiempo, los datos se harán visibles.
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Cómo salir de una lista de morosos
En primer lugar, calma, entrar en una lista de morosos es tan sencillo como salir. Los casos más comunes se suelen producir por impago de facturas telefónicas o por descubiertos en las cuentas bancarias.
Eso sí, tenemos que advertirte que, de no salir del fichero, podría tener consecuencias negativas en ciertos apartados. Por ejemplo, podrían denegar el uso de tarjetas de crédito, o la contratación de hipotecas, préstamos, altas en servicios de suministro, compras a plazos, etcétera.
Salir de la lista de morosos requiere el pago de la deuda solicitada y, acto seguido, pedir la exclusión de la lista. Fácil, ¿verdad? Ahora bien, en ocasiones puede complicarse. Veamos los casos más habituales.
Registro de morosos: por error
Un error lo tiene cualquiera, incluso los registros de morosos. En ocasiones, un error informático, una deuda que no existe o se ha producido una suplantación de identidad, puede darnos una plaza en estos ficheros.
Vale, ¿qué hay que hacer en estos casos? Lo primero, mantener la calma. No tienes nada que ocultar. Sigue estos pasos:
- En el momento que recibas el aviso de inclusión, debes ponerte en contacto con la entidad y solicitar la baja acreditando tus motivos.
- El titular del fichero tendrá que dar respuesta a tu demanda en el plazo de 10 días.
- ¿No hay respuesta? Denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Ellos se encargarán de abrir un expediente que puede suponer graves sanciones para la empresa acreedora y el titular del fichero.
- Si esto se alarga mucho en el tiempo, estás en todo tu derecho de acudir a la vía judicial y reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
Reconocer la deuda
¿Tienes una deuda? ¿Estás dentro? Bien. Tras la notificación de la inclusión en la lista de morosos, deberás reconocerla. Después, sigue estos pasos:
- Paga la cantidad cuanto antes y, sobre todo, pide justificantes que lo acrediten.
- Tus datos deben eliminarse tras el abono de la deuda. Una vez la pagues, solicita la baja del registro. ¿Cómo? Con una copia de tu DNI y el pago de la deuda.
No puedes afrontar el pago
Si estás pasando una situación económica complicada y no puedes afrontar el pago de la deuda… muy a nuestro pesar, tendrás que aceptar que tu nombre aparecerá en el fichero. Con todas las consecuencias que eso tiene.
Eso sí, ni los acreedores, ni las empresas de recobros pueden extorsionarte, amenazarte, ni solicitar el cobro de la deuda a cualquier otra persona. De ser así, ponte en contacto con la AEPD.
No tengo deuda, pero me exigen el pago
En caso de que te soliciten el pago de una deuda que no te pertenece, puedes iniciar un procedimiento arbitral para llegar a una solución pacífica. Existen dos vías:
- Reclamar ante la AEPD haciendo uso del formulario del derecho de supresión.
- Iniciando una demanda judicial por la vía civil.
En estos casos, hasta que no haya una resolución, no podrán incluirte en la lista de morosos.
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