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Novedades en la declaración de la Renta 2024-2025

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Conoce los cambios en la campaña de la declaración de la Renta para el ejercicio económico de 2024.

La campaña de la declaración de la Renta 2025, para el ejercicio fiscal del 2024, arranca con importantes novedades que afectarán a muchos contribuyentes. Te lo contamos en detalle para que puedas sacar el máximo partido a las deducciones disponibles y evitar cometer cualquier error. 

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Cambios en los umbrales fiscales para declarar

  Con un solo pagador. Están exentos de declarar aquellos trabajadores cuyos ingresos sean inferiores a 22.000€, es decir, se mantiene la misma cifra que en años anteriores.

  Con dos o más pagadores. El límite de los ingresos para estar obligado a presentar la declaración de la Renta sube a 15.876€ debido al incremento en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Sin embargo, si tienes más de un pagador, hay una condición adicional. La suma de los ingresos del segundo y los siguientes pagadores no puede superar los 1.500€ anuales. Si los ingresos adicionales superan esta cantidad, estarás obligado a presentar la declaración. 

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Novedades en la declaración de la Renta 2025

  La reducción por rendimientos también sube de 6.498€ a 7.302€ con el objetivo de ayudar a aquellos trabajadores con sueldos más bajos. 

  En cuanto a las donaciones a ONG, se incrementa la deducción de un 75% a un 80% de los primeros 250€ donados. Mientras que para importes superiores, el porcentaje sube al 40%, llegando al 45% al donar a la misma entidad durante varios años consecutivos.

  Se implanta una deducción del 100% para los gastos derivados de los daños producidos por la DANA en la Comunidad Valenciana, siempre y cuando las rentas individuales no superen los 45.000€ y las rentas conjuntas los 60.000€.

  Este año será el último que puedas beneficiarte de una deducción de hasta un 60% por obras de eficiencia energética en tu vivienda o un 15% por la compra de tu vehículo eléctrico y la instalación de puntos de carga. 

  El gobierno ha ratificado su decisión de que los desempleados que reciban una prestación por desempleo (independientemente de su importe) tengan que presentar la declaración. Finalmente esta obligación se aplaza hasta el siguiente año.

  Se puede pagar también por Bizum. Además de los medios tradicionales como domiciliación o pago en oficina se añade esta nueva forma de pago. Ten en cuenta que los bancos pueden establecer limitaciones para el uso de Bizum, por lo que te recomendamos que te asegures previamente de las condiciones que establece tu entidad bancaria. 

Cambios en la deducción por alquiler de vivienda

Para contratos firmados con anterioridad al 26 de mayo de 2023 se mantiene una reducción del 60%. 

A partir del 1 de enero de 2024, los contratos de arrendamiento en zonas de mercado residencial tensionado pueden beneficiarse de deducciones especiales. A continuación, las detallamos de mayor a menor:

  90% si el propietario ha reducido el precio del alquiler más de 5% respecto al contrato anterior.

  70% si se alquila a jóvenes de entre 18 y 35 años.

  70% si es una vivienda asequible o protegida. Lo que significa que está regulada por criterios de precio, uso, diseño y destinatarios, con el fin de garantizar su accesibilidad a colectivos vulnerables o con ingresos limitados. 

  70% si está arrendada a la Administración Pública o a entidades sin fines de lucro del tercer sector o economía social.

  70% si forma parte de un programa público de vivienda que limite el precio del alquiler.

  60% cuando la vivienda haya sido objeto de una rehabilitación finalizada en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato. 

  En cualquier otro supuesto, la deducción se mantendrá en el 50%

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Calendario para presentar la declaración de la Renta

Las fechas para presentar la declaración de la Renta también han experimentado cambios. A continuación vemos el calendario para la campaña del 2024-2025. 

  Presentación de la Renta online. Puede presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria desde el 2 de abril hasta el 30 de junio. 

  Atención telefónica para presentar la Renta. El plazo telefónico comienza el 6 de mayo y finaliza el 30 de junio, pero recuerda que es necesario solicitar cita previa desde el 29 de abril hasta el 27 de junio. 

  Presentación de la Renta presencial. El plazo comienza el 2 de junio y se alarga hasta el 30 de junio. En este caso también es necesario solicitar cita previa desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

Recuerda que el 25 de junio es el límite para presentar la declaración con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria.

Para cualquier duda adicional, consulta la página oficial de la Agencia Tributaria. 


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